El viernes 23 de mayo de 2025, el Boletín Oficial publicó el texto que formaliza la conversión del Decreto-Ley n. 36 en ley ordinaria.
La nueva ley introduce cambios significativos en los criterios de elegibilidad para la ciudadanía italiana por descendencia, en particular al establecer un límite generacional para la transmisión de la ciudadanía italiana.
A partir de ahora, las personas nacidas en el extranjero con ascendencia italiana no obtendrán la ciudadanía italiana, a menos que cumplan con uno de los requisitos (o excepciones) que se detallan a continuación:
También rigen normas diferentes para los hijos menores de ciudadanos italianos:
El menor al que se le haya concedido la ciudadanía italiana podrá renunciar a ella una vez cumpla los 18 años (si posee otra nacionalidad).
La Ley n. 74 introduce otras disposiciones relacionadas con la ciudadanía italiana; nuestro departamento de ciudadania proporcionará más información en los próximos días.
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