Decreto Ley 146/2025: Nuevas Normas sobre Inmigración, Sistema de Cuotas para Trabajadores No Comunitarios y Disposiciones Generales

Oct 14, 2025
Decreto Ley 146/2025: Nuevas Normas sobre Inmigración, Sistema de Cuotas para Trabajadores No Comunitarios y Disposiciones Generales

El Decreto Ley n.º 146/2025 se publicó en la Gaceta Oficial (Gazzetta Ufficiale) el 3 de octubre de 2025 y entró en vigor el 4 de octubre de 2025. Ahora se ha remitido al Parlamento para su conversión en ley (nota: los decretos ley deben convertirse en ley en un plazo de 60 días o caducan automáticamente; durante el proceso de conversión, el Parlamento puede modificar las disposiciones).

El decreto ley introduce varias normas nuevas y modificaciones en la normativa italiana en materia de inmigración, especialmente en lo que se refiere al sistema de cuotas (decreto Flussi). Para dar un poco de contexto, la inmigración con fines laborales en Italia se basa en un sistema de cuotas fijado mediante un decreto, el denominado «decreto-flussi». El decreto establece los límites numéricos para cada categoría de ciudadanos extranjeros a los que se puede conceder un permiso de trabajo y el período durante el cual se pueden presentar las solicitudes. Varias categorías de trabajadores están excluidas del cupo y no están sujetas a un límite fijo, como las asignaciones intraempresariales, los trabajadores altamente cualificados, los ejecutivos o directivos destinados a la sucursal italiana de una entidad jurídica extranjera, los profesores universitarios, los traductores e intérpretes, los enfermeros profesionales, etc.

Decreto Ley: principales novedades legislativas

  1. La disposición ya introducida por el actual Decreto Flussi, que requiere que los empleadores completen previamente las solicitudes de permiso de trabajo (Nulla Osta) antes de las fechas oficiales de presentación, se ha aplicado plenamente. Además, se ha confirmado que los empleadores privados no pueden presentar más de tres solicitudes en el marco del sistema de cuotas, a menos que designen a una organización autorizada.
  2. El decreto confirma y establece expresamente la posibilidad de emplear a ciudadanos extranjeros incluso durante el proceso de conversión de su permiso, así como mientras esperan la expedición del primer permiso y durante el proceso de renovación.
  3. El proceso de verificación llevado a cabo por las autoridades en relación con la exactitud de las declaraciones de los empleadores, que anteriormente se aplicaba solo a las solicitudes estándar basadas en cuotas, se ha extendido formalmente también a las solicitudes no sujetas a cuotas.
  4. La validez de los permisos de residencia otorgados a todas las víctimas de explotación laboral, víctimas de trata y violencia doméstica se ha extendido a un año.
  5. La disposición especial que permite la entrada en el país de hasta 10 000 trabajadores extranjeros al año (que serán empleados específicamente para asistir a personas mayores de 80 años o personas con discapacidad), fuera de las cuotas estándar de inmigración , se ha prorrogado hasta 2028.
  6. En cuanto a los extranjeros que desean entrar en el país para participar en programas de voluntariado, hasta ahora, el número de participantes permitidos cada año se fijaba mediante un decreto ministerial que se emitía anualmente. A partir de ahora, el decreto se emitirá una vez cada tres años en lugar de cada año, lo que hará que el proceso de planificación sea más estable y predecible para las organizaciones y los solicitantes.
  7. El plazo para la emisión de los permisos de entrada para la reunificación familiar se ha extendido de 90 a 150 días.

Este artículo ha sido escrito por Alessia Ballacchino.

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